Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dictó Sentencia Interlocutoria en el cual le impartió Homologación al Desistimiento, presentado por el Abogado Nil José Marcano Aguilera, actuando en su carácter de Endosatario en Procuración del ciudadano Vincenzo D´Elia Bevilacqua, en el presente juicio por Cobro de Bolívares (Intimatorio), llevado en contra del ciudadano Rafael José Pereira Olivares.