DECISIÓN
Por todas las anteriores consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la Cuestión Previa del ordinal 3° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil y el defecto de forma del libelo de la demanda señalado en los numerales 2° y 8° del artículo 340 eiusdem, promovida por la ciudadana DAICIBEL CAROLINA VERTIZ NELO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.501.612, asistida por la abogada SUSANA EDUVIGE ALVAREZ NIEVES y ALEJANDRA MARÍA TORREALBA, inscritas en el I.P.S.A., bajo los Nros. 161.409 y 185., respectivamente, en el juicio por ACCION REIVINDICATORIA, intentado por los ciudadanos NARCISA RAMONA NELO BASTIDAS, ROSA MARÍA NELO BASTIDAS, DILCIA COROMOTO NELO BASTIDAS, HERNAN ANTON.....