Por los razonamientos de hecho y derecho, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA: CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento del ciudadano: JOSÉ GREGORIO ARRAÍZ TORRES, asentada bajo el N° 309, correspondiente al año 1.941; en el sentido de que se asiente en dicha acta la NOTA MARGINAL siguiente: Que aparezca en todas las Actas el nombre como "JOSÉ GREGORIO", y no como erradamente aparece "JOSÉ GERONIMO".- Quedando en todo caso a salvo derechos a terceros. De conformidad a las disposiciones legales, acuerda remitir sendas copias certificadas al Presidente de la Junta Parroquial San José de Tostos así como también al Registrador Principal, ambos del Estado Trujillo, a los fines consiguientes, en el Articulo 502 del Código Civil.