DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en materia de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas Nro. 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE en los siguientes términos: PRIMERO: Se acuerda la Ampliación del Régimen de Prueba por un año mas al ciudadano, titular de cédula de identidad N° V-15.425.783 de conformidad con el art. 47 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: se ordena el cumplimiento de las condiciones impuestas en Audiencia de fecha 24/01/2011, como son: la establecida en el ordinal 1º la cual consiste en permanecer en su residencia y en caso de cambio de domicilio debe informar al Tribunal a los fines de su autorización, ordinal 2° prohibición de acercamiento a la victima, de conformidad con el ordinal 5º realizar talleres en materia de Violencia de.....