III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente apelación ejercida por la parte querellante, ciudadana Darny Lisbeth Romero Salas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 12.043.261, asistida por el abogado Pablo Materán, inscrito en Inpreabogado bajo el número 19.097, contra el auto dictado en fecha 7 de febrero de 2025, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, en la presente querella interdictal restitutoria por despojo propuesta por la prenombrada ciudadana y por el ciudadano Benito Alfonso Araujo Aguilar, quien no aparece identificados en estos autos, en contra de los ciudadanos Glory Suly de.....