Condena al Acusado Freddy Pastor Cordero, plenamente identificado en autos a cumplir la pena de un (01) año y seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de de Porte ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, asimismo las accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal, se deja constancia que las partes renunciaron al lapso de apelación, remítase el arma al Parque Nacional de Armas.