DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 11 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: ADMITE: la Acusación, presentada por la fiscalia 8º del Ministerio Publico, en contra del ciudadano ISAUL ANTONIO RODRIGUEZ MIRANDA, titular de la cédula de identidad Nº 27.876.431, por el delito de ROBO AGRAVADO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARICULO 458 DEL CODIGO PENAL, en cuanto a la revisión de la medida solicitada por la Defensa Publica, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 313 numeral 5 del COPP y en base al Artículo 250 y 242 numeral 3 del COPP, sustituye la Medida de Detención Domiciliaria, por medida de Presentación cada 15 Días, por ante la taquilla de presentación de este Circuito Judicial Penal, para el ciudadano: ISAUL ANTONIO RODRIGUEZ MIRANDA, titular de la cédula d.....