DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA FALTA DE CUALIDAD de la ciudadana MACACCIO MANCILLA MARÍA EUGENIA para sostener la presente acción.
SEGUNDO: INADMISIBLE la presente acción de Cumplimiento de Contrato intentada por Sociedad Mercantil INMOBILIARIA KORFOS, C.A., representada judicialmente por el ciudadano SPIROS SPIROY, actuando con el carácter de representante legal de la mencionada empresa, en contra de MACCIO MANCILLA MARIA EUGENIA, en su carácter de Herederos Conocidos y Desconocidos de las ciudadanas MANCILLA RIVAS HILDA SOFIA Y MANCILLA ANA TERESA, las partes suficientemente identificadas en actas.
TERCERO: No hay Condena en Costas dada la naturaleza de la presente decisión.
CUARTO: DÉJESE COPIA PARA EL ARCHIVO DEL TRIBUNAL, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento C.....