Con base al análisis de las actas que conforman la presente causa, este Juzgado Tercero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta de oficio la EXTINCION DE LA ACCION PENAL por muerte del imputado, a tenor de lo dispuesto en el ordinal 1º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, decretándose en consecuencia de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 318 ejusdem el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano YOVANNY PASTOR GODOY ARRIECHI , Venezolano, mayor de edad, portador de la C.I. Nro. Nº 17.573.673 , de estado civil soltero, mayor de 24 años de edad, ultimo domicilio en la carrera 2 entre calles 4 y 5 Nro. 4-55 en Barquisimeto Estado Lara y a quien se le seguía enjuiciamiento, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el a.....