Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: ADMITE en todas y cada una de sus partes la Acusación presentada por el Ministerio Publico en contra del ciudadano HERNANDEZ CHINCHILLA DAVID, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.705.832, Venezolano, de 37 años de edad, nacido en fecha 22/09/1975, Domiciliado en SECTOR BOCA DEL MONTE, PARROQUIA MOSQUEY PASANDO EL PUENTE, CASA Nº 01, MUNICIPIO BOCONÓ ESTADO TRUJILLO, por el delito AMENAZA AGRAVADA previsto y sancionado en el artículos 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida libre de Violencia, en agravio de la ciudadana CHINCHILLA RANGEL ISABELIA DEL VALLE, por encontrarse llenos los extremos del articulo 326 d.....