En mérito de lo expuesto, este Juzgado Superior Accidental Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Declarar SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por el abogado Reyes Butron Viloria, inscrito en Inpreabogado bajo el número 218.020 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto de fecha 31 de octubre de 2022 dictado por el Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, que negó apelación ejercida por dicho apoderado contra sentencia definitiva dictada en fecha 12 de agosto de 2022 en el juicio que por desalojo de local comercial sigue la sociedad mercantil "Tintorería y Lavandería Bolivia, C. C." contra la referida recurrente, sociedad mercantil "Servicios Excéntricos y Alquileres Bolivia, C. A.", expediente.....