DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 11 de este Circuito Judicial Penal extensión Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal declara:
PRIMERO: La culpabilidad del ciudadano Héctor Guillermo Navarro Parra, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de identidad Nº 12.960.006, por la comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: SE CONDENA al ciudadano Héctor Guillermo Navarro Parra, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cedula de identidad Nº 12.960.006, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y DOS (02) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley, las cuales consisten en la inhabilitación política por el tiempo de la condena, y la sujeción a la vigilancia de la autorid.....