Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Control N° 5 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la Imposición de Medida Cautelares al ciudadano JOSE RUFINO VILLA HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° 10261506; venezolano, mayor de edad 37 años de edad, residenciado en Miquimonsito, frente a la Finca Anduela, Bocono del Estado Trujillo, consistente en la PROHIBICIÓN EXPRESA DE ACERCARSE A LA VICTIMA EN NINGÚN LUGAR.
La Juez de Control Temporal N° 5
Sarelys Aguilar La Secretaria
Alba Mavarez.