El penado ciudadano JOSE DOMINGO RONDON LEAL titular de la cédula de identidad Nª 16.066.080, inició el cumplimiento de pena el 19 de noviembre del 2.008, se le computa el tiempo que ha estado privado de libertad , cumpliendo la pena el el 15 de agosto del 2.012 y podrá solicitar los beneficios siguientes:
a) Destacamento de Trabajo cuando cumpla una cuarta parte de la pena el día 26 de octubre del 2.009.-
b) Régimen Abierto cuando cumpla un tercio de la pena, en fecha 17 de febrero del 2.010.
c) Libertad Condicional, cuando dos tercios de la pena, en fecha 18 de mayo del 2.011.-.
d) Confinamiento: cuando cumpla las tres cuartas partes de la pena, en fecha 08 de septiembre del 2.011.
Penas accesorias conforme al artículo 16 del Código Penal, se desaplican por decisión del Tribunal Supremo
Conforme a lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, se establece el Internado Judicial de Trujillo como lugar de re.....