hechos configurativos del CONVENIMIENTO a que se contrae el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, porque la primera prioridad a los fines del establecimiento de este beneficio le otorga a los padres debiendo el Tribunal simple y llanamente que HOMOLOGARLO, porque se considera ese acuerdo acorde al interés superior de: LUIS ARMANDO AGELVIS GONZÁLEZ (beneficiario), en tanto que lógicamente esa suma de dinero se usará en la satisfacción parcial de las necesidades.-
Por las razones expuestas, según los artículos 4 y 8 de esa Ley, se acuerda establecer en TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,00) mensuales así como también el doble de la cantidad en los meses de agosto y diciembre como bono vacacional y bonificación de fin de año (aguinaldos), y el 50% en útiles escolares, uniformes, vestuario, calzado, medicina y otros gastos que se puedan presentar, la obligación de manutención a favor del adolescente en referencia, que le debe pasar su padre el ciudada.....