El Juez oídas las exposiciones de las partes y del análisis de las actas procesales, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: Verificado el cumplimiento por parte del Acusado WILLIAN ENRIQUE VALE HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° 10.034.839, natural de Valera estado Trujillo, de 39 años de edad, nacido en fecha 27/02/1970, Casado, ocupación Obrero, hijo de Francisco José Vale (+) y Elsi del Carmen Hernández Gil, residenciado en Barrio Santa maría Frente al Restauran Valle de los Mucas municipio Trujillo estado Trujillo, de las condiciones impuestas en decisión de fecha 11/03/2009, las cuales consistían: "EN SEGUNDO LUGAR, se le SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO al ciudadano, WILLIAM ENRIQUE VALE HERNANDAEZ, por el lapso de UN AÑO debiendo en consecuencia imponérsele las condiciones por ese lapso, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, a saber,1) ) Presentación cada DOS mese.....