III
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en fecha 24 de Febrero de 2005.
Se declara CON LUGAR la demanda instaurada por el ciudadano ALEXANDER GREGORIO DELGADO MORILLO, en contra del ciudadano ANDRÉS RAMÓN MATOS ROSALES, ambos identificados.
En consecuencia se ordena al ciudadano ANDRÉS RAMÓN MATOS ROSALES a cancelar los siguientes montos: primero: la cantidad de quince millones de Bolívares (Bs. 15.000.000,oo), hoy quince mil Bolívares (Bs. 15.000,oo), por concepto de capi.....