En el inicio de la Audiencia Preliminar comparecen los ciudadanos: OSCAR GUILLEN titular de la Cédula de Identidad N° 5.762.907, asistido por la Procuradora de Trabajadores Abg. YRANIA TERAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.526, y la Empresa AME TRUJILLO, representada por la Abg. AURA MARINA ANDRADE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 60.728, acompañada de la Ciudadana IBISRREBECA MATERA, en su carácter de Gerente General. Las partes llegaron a un acuerdo conviniendo la parte demandada en que adeudaba al Trabajador la cantidad de Bs. 300.000,oo entregando en este acto en cheque al demandante quien lo recibe, por lo que el Tribunal EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA HOMOLOGA el acuerdo de las partes dándole efecto de Cosa Juzgada.