Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la recusación presentada por el ciudadano Rafael Ramón Rondón Graterol, titular de la cedula de identidad N.º 10.398.261, asistido por la abogada Milvia Solvay Domínguez Oviedo, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 186.270, contra el abogado Javier Mendoza Escalante, Juez Provisorio del Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del estado Trujillo, en el expediente número 12716-23.
Se ORDENA notificar la presente sentencia, por oficio, al juez recusado, a quien se le remitirá copia certificada de la decisión.
Remítase mediante oficio el presente cuaderno de recusación al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, la Tránsito, Bancaria y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a la cu.....