Por lo antes expuestos este Tribunal de Ejecución N. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: LA REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA al penado YONATHAN ALEXANDER FUENMAYOR SANDOVAL, titular de la cédula de identidad N° 18.241.832, en un tiempo de ONCE (11) MESES y VEINTISEIS (26) DÍAS; de conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 5 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el estudio. SEGUNDO: Decreta la EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por haber cumplido la totalidad de la condena, incluidas las penas accesorias, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal, en consecuencia se ordena LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano YONATHAN ALEXANDER FUENMAYOR SANDOVAL. Impóngase al penado de la presente decisión. Notifíquese a todas las partes de la presente decisión. Ofíciese lo conducente. Líbrese boleta de excarcelaci.....