Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR DE SECUESTRO, presentada por la abogada en ejercicio YOLIMAR YORLENY CARRASQUERO ROMERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 267.893, en su condición de co-apoderada de los demandados-reconvinientes ciudadanos REGULO JOSE MORENO RONDON, JOSE LEONARDO MORENO RONDON, ANTONIO JOSE MORENO RONDON, JUAN CARLOS MORENO RONDON, RICHARD JOSE MORENO RONDON, JOSE ALEXANDER MORENO RONDON, MAGALY MORENO RONDON Y MARY JOSEFINA MORENO RONDON, titulares de la cédula de identidad numero 9.310.669, 11.897.778, 6.669.375, 13.765.495, 15.953,893, 19.285.525.10.403.609 y 12.906.511 respectivamente, domiciliados en el Municipio Urdaneta del Estado Trujillo. Así se decide.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la decisión no se.....