este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE NIEGA EL EMBARGO EJECUTIVO, sobre el bien inmueble constituido por una casa (compuesta de 3 pisos de edificación en la actualidad) identificad con las letras y números 23-22, situado en las siguiente dirección: calle 37, entre calles 23 y 24, Parroquia concepción, Municipio Iribarren, de la ciudad de Barquisimeto del estado Lara,