Este Tribunal de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta:
PRIMERO: Que es competente para conocer y decidir la presente demanda por PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA, presentada por el abogado en ejercicio ALVARO ANTONIO TELLES SUAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 72.469, actuando en nombre y representación de los ciudadanos EMERENCIANA ARAUJO viuda de BRICEÑO, JOSE RAFAEL BRICEÑO ARAUJO, VICTOR ATILIO BRICEÑO ARAUJO, OFIDA DEL CARMEN BRICEÑO ARAUJO, MARIA YOLANDA BRICEÑO ARAUJO, AMPARO BRICEÑO ARAUJO, MARIA COROMOTO BRICEÑO DE MORILLO, MARIA ESTRELLA BRICEÑO ARAUJO, FELIX REINALDO BRICEÑO ARAUJO, YORMA JOSE BRICEÑO ARAUJO y AURORA DEL CARMEN BRICEÑO ARAUJO, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números 9.110.932, 5.357.570, 5.357.571, 9.327.936, 10.401.989, 11.322.179, 11.3.....