Se DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Carlos Cortes Riera, en contra de la decisión dictada el 24-11-2003, por el Tribunal Décimo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Dra. Mireya León, que ante la solicitud de revisión de medida, declaró la improcedencia de una Medida Cautelar Sustitutiva al ciudadano RICHARD ALEXANDER DUARTE, todo de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 450 y 437 literal c, del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 264 eiusdem, Se CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal N° 10 de Primera Instancia en funciones de Control, Extensión Carora, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, de fecha 24-11-03, que declaró la improcedencia de una Medida Cautelar Sustitutiva al ciudadano RICHARD ALEXANDER DUARTE y Se ORDENA al Tribunal A quo, notifique a las partes de la presente decisión.