Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 1, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA EL PERMISO ORDINARIO POR EL LAPSO DE 48 HORAS SEMANALES, LOS DÍAS SÁBADOS Y DOMINGOS, al Penado Rudy Rafael Almao Colombo, titular de la cédula de identidad Nº 14.879.073, conforme a lo establecido en el Artículo 47 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario.
Remítase copia de la presente decisión anexa a oficio al Centro de Tratamiento Comunitario "Nilda Lucrecia Hernández" y a la Fiscalia Decimotercera del Ministerio Público. Notifíquese a la Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, a la Defensa y al Penado. Cúmplase.-
Publíquese, Regístrese, Notifíquese y Cúmplase.-