En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ AVELINO GREGORIO MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.322.106 en contra de la demandada PEDRERA SANTA ROSA, C.A.