PRIMERO: Se  admite  la  acusación  interpuesta  por  la  Fiscalía Novena  del  Ministerio Público en contra del ciudadano WISTON ALEXANDER RIVAS VELIS, venezolano, mayor de edad, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.881.869 , nacido en Valera , Estado Trujillo  el día 06- 08- 1.985, hijo de Atilio José Albarrán y Rosa Elena Velis  y residenciado en la población de Motatán sector Barrio Nuevo, Parte Alta, cerca del negocio de Jerónimo, casa de dos pisos , Motatán Estado Trujillo, e igualmente las pruebas ofrecidas por ser legales y procedentes. comisión del  delito de  ROBO GENERICO  sancionado en el artículo 458  del Código Penal vigente a la fecha de la comisión del delito y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES  previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal vigente a la fecha de la comisión del delito , en agravio de la  ciudadana adolescente Mairosker  Elismar Cabrera Fernández .
SEGUNDO: Por cuanto el  ciudadano WISTON ALEXANDER RIVAS VELIS, venezola.....