Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano Henry Argimiro Silva Ulloa, en su carácter de director gerente de la firma mercantil Side By Side Café, C.A., debidamente asistido por la abogada Zulennys Hernández Timaure, contra actuaciones del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el asunto signado con el Nº KP02-M-2007-000221, relativo al juicio por cobro de bolívares intimatorio, seguido por el querellante, contra la sociedad mercantil Productos Lácteos Unión, C.A.