DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: se DECLARA LA CESACIÓN DE LA MEDIDA IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de un (01) años, en favor del adolescente RESERVADO, identificados up supra, de conformidad con lo establecido en el articulo 645 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto en el articulo 452 ordinal 8vo del Código Penal. Así mismo RATIFICA LA MEDIDA DE SERVICIO COMUNITARIO, toda vez que la misma es por el lapso de 6 meses y su cumplimiento comenzó el 06-07-2010, faltándole todavía dos meses por cumplir. Regístrese y Publíquese.
La Jueza de Ejecución,
Abg. FLORANGEL MONASTERIOS
La Secretaria,
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