Por las anteriores razones de hecho y fundamentación de derecho, este tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, por mandato del artículo 104 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Código Orgánico Procesal Penal, decide:
PRIMERO: Condena al ciudadano RAFAEL ANTONIO BRICEÑO RUIZ, identificado plenamente, a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS UN (01) MES Y DIEZ (10) DÍAS DE PRISIÓN y las accesorias legales correspondientes previstas en el artículo 66 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, referidas a: 1º) la inhabilitación política durante el tiempo de la condena; y 2°) la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena terminada ésta, como autor responsable de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en el Artículo 43 Y 41 de la referida ley, con el concurso del articulo 87 del C.....