Se homologa la partición realizada entre las ciudadanas MARIELA GONZÁLEZ VALECILLOS, MARÍA HORTENCIA VALECILLOS PERDOMO, y la ciudadana NILVIA COROMOTO GARCÍA PERDOMO, actuando en representación del niño (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA) en la forma y condiciones señaladas en el documento notariado por ante la Notaria Primera del Municipio Valera, Estado Trujillo, bajo el N° 32, tomo 129, de fecha 08-11-2007, igualmente se autoriza a las referidas ciudadanas para que realicen el Registro de Partición de los bienes descritos en el respectivo documento notariado.