D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DIVORCIO, Ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, intentara la ciudadana BETTSI MARÍA ZABALA ARAUJO, en contra del ciudadano BASILICIO ANTONIO BENÍTEZ CASTRO, ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajo la ciudadana BETTSI MARÍA ZABALA ARAUJO con el ciudadano BASILICIO ANTONIO BENÍTEZ CASTRO, en fecha veintiséis (26) de septiembre de mil novecientos sesenta y ocho (1968), por ante el prefecto del municipio Mercedes Díaz distrito Valera, hoy municipio Valera, estado Trujillo.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto e.....