Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Abg. Adriana Araujo, en su condición de Juez Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en la causa seguida al ciudadano JHONNY JOSE BLANCO ALBARRAN, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal.