Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano Acusado JEAN CARLOS SEGOVIA BRICEÑO, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.265.458, Venezolano, de 29 años, nacido en fecha 23-07-1981, de ocupación obrero, estado civil soltero, domiciliado en la Marchantica casa nº 10 de color blanca, al lado de la capillita plata II, parroquia mercedes Díaz Valera estado Trujillo, celular 0271-2216516, por la comisión del delito de AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 41primer aparte de la ley Orgánica Sobre los derechos de las mujeres a vivir a una vida libre de Violencia, en agravio de la ciudadana WILMARY UZCATEGUI, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Primer Supuesto del numera.....