DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden este Tribunal de Control N° 2 administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , ACUERDA LA MEDIDA DE PROTECCION POLICIAL a favor de la ciudadana ROSA GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 13.856.421 y sus familiares, residenciados en el Barrio Pueblo Nuevo, calle 6 con carrrera 3C, N° 60, diagonal a la panadería Montelier, Barquisimeto Estado Lara, disponiendo recorridos frecuentes por la residencia antes indicada, de conformidad con los artículos 108 numeral 14°, artículos 23 y 120 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese en tal sentido al Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara. Notifíquese a la victima y al Fiscal Superior del Ministerio Público. Ofíciese. Notifíquese y Cúmplase.