Conforme a lo expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: DESISTIDO el recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de los efectos del acto administrativo de efectos particulares, incoado por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DEL ESTADO TRUJILLO, a través de su apoderada judicial, Abg. MILAGROS PADILLA MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.039.181, e inscrita en el IPSA bajo el Nº 63.773, en contra de la providencia administrativa Nº 070-2011-0009, de fecha 21 de enero del 2011, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el estado Trujillo, con sede en Valera, contenida en el expediente Nº 070-2010-01-000451. SEGUNDO: Notifíquese mediante oficio al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, de conformida.....