De modo tal, observa el tribunal un uso incorrecto de los términos por parte del apoderado de la parte demandada, quien al solicitar la aplicación de los efectos de la confesión al actor en el marco de la prueba de posiciones juradas, trae a colación la institución de la confesión ficta para dicho contexto; en este mismo orden de ideas, cabe resaltar que en fecha 06 de mayo de 2024, al ser celebrada la Audiencia de Pruebas, presentes en dicho acto, el apoderado de la parte actora, abogado en ejercicio FERNANDO DAVID RUIZ FLORES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 127.657, la demandada de autos ciudadana EMILIA MONTILLA MONTILLA, titular de la cédula de identidad número 8.028.469, asistida de su apoderado abogado en ejercicio CARLOS ANDRES PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 260.997; solicitaron el diferimiento de la misma, resaltando la necesidad de la presencia del actor para absolver las posiciones ju.....