Decisiones del dia 10/06/2009
N° Expediente :
KP02-F-2009-506
N° Sentencia :
609
Fecha: 10/06/2009
Procedimiento: Divorcio 185-A
Partes: PASTOR ALBERTO DURAN MEDINA Y MIREYA ROSA FALCÓN, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, CASADOS, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NOS. V-4.725.555 Y V-5242.765, RESPECTIVAMENTE Y DE ESTE DOMICILIO, DEBIDAMENTE ASISTIDOS POR EL ABOGADO EN EJERCICIO DENNY ROCIO ESCALONA COLMENAREZ, INSCRITA EN EL INPREABOGADO Nº 119.598;
Resumen:
UNICO: Por cuanto los cónyuges están contestes en afirmar que han permanecidos separados de hecho por más de cinco años y habiéndose cumplido con las formalidades establecidas por Ley, la misma debe ser declarada con lugar. Así se decide. En consecuencia, éste Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: PASTOR ALBERTO DURAN MEDINA y MIREYA ROSA FALCON, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de identidad Nos. V-4.725.555 y V-5.242.765, respectivamente y de este domicilio, por ante La Alcaldía de la Parroquia Santa Rosa Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 11 de Septiembre de 1992, anotado bajo el N° 288, Folio 33, del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo llevados durante el año 1992. Durante la unión matrimonial se procrearon dos hijos de nombres NEI.....
Juez/Ponente:
Martin Enrique Bonilla Alvarado
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
N° Expediente :
KP02-V-2009-1236
N° Sentencia :
628
Fecha: 10/06/2009
Procedimiento: Resolución De Contrato
Partes: PARTE ACTORA: BRITO MARIA DE LOS ANGELES. DEMANDADO: RIVAS GLADYS COROMOTO
Resumen:
demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento, la cual fue estimada en la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 3.000,00) por lo cual este Tribunal, competente por cuantía y materia procedió a su admisión. Así las cosas, y en aplicación de la competencia por cuantía para conocer de la reconvención interpuesta, en virtud de que la presente acción fue presentada en fecha 27-03-2009, fecha en la cual no estaba en vigencia la resolución N° 2009-0006, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18-03-2009, y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 de fecha 02-04-2009, mediante la cual se modificaron los criterios de cuantía a nivel jurisdiccional para el procedimiento breve, este Tribunal declara INADMISIBLE la reconvención, presentada, por el abogado MARCO ANTONIO GUILLEN, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 90.470, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, por cuanto la misma excede la cuantía de los Juzgados de Municipio.-
El Juez
Abg. M.....
Juez/Ponente:
Martin Enrique Bonilla Alvarado
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
N° Expediente :
KP02-V-2009-1236
N° Sentencia :
584
Fecha: 10/06/2009
Procedimiento: Resoluciòn Contrato Arrendamiento
Partes: ACTORA: BRITO MARIA DE LOS ANGELES. DEMANDADO: RIVAS GLADYS COROMOTO.
Resumen:
Del análisis del articulado anterior, se aprecia que, la reconvención será admitida, siempre y cuando el Tribunal sea competente por materia y cuantía para conocer la acción. Ahora bien, el caso de marras lo constituye una demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento, la cual fue estimada en la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 3.000,00) por lo cual este Tribunal, competente por cuantía y materia procedió a su admisión. Así las cosas, y en aplicación de la competencia por cuantía para conocer de la reconvención interpuesta, en virtud de que la presente acción fue presentada en fecha 27-03-2009, fecha en la cual no estaba en vigencia la resolución N° 2009-0006, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18-03-2009, y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 de fecha 02-04-2009, mediante la cual se modificaron los criterios de cuantía a nivel jurisdiccional para el procedimiento breve, este Tribunal declara INADMISIBLE la reconvención, presentada, por el abog.....
Juez/Ponente:
Martin Enrique Bonilla Alvarado
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
N° Expediente :
KP02-F-2009-519
N° Sentencia :
610
Fecha: 10/06/2009
Procedimiento: Divorcio 185-A
Partes: JESUS MARIA ESPINOZA SANCHEZ Y MARIA VIRGINIA MALVACIA DE ESPINOZA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, CASADOS, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NOS. V-1.763.615 Y V-3.966.121, RESPECTIVAMENTE Y DE ESTE DOMICILIO, DEBIDAMENTE ASISTIDOS POR LA ABOGADA EN EJERCICIO LISANGELA MARTINEZ GOMEZ, INSCRITA EN EL INPREABOGADO Nº 133.363
Resumen:
UNICO: Por cuanto los cónyuges están contestes en afirmar que han permanecidos separados de hecho por más de cinco años y habiéndose cumplido con las formalidades establecidas por Ley, la misma debe ser declarada con lugar. Así se decide. En consecuencia, éste Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: JESUS MARIA ESPINOZA SANCHEZ Y MARIA VIRGINIA MALVACIA DE ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de identidad Nos. V-1.763.615 y V-3.966.121, respectivamente y de este domicilio, por La Parroquia Concepción Distrito Iribarren del Estado Lara, en fecha 02 de Octubre de 1986, anotado bajo el N° 814, folio 96, del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo llevados durante el año 1986. Durante la unión matrimonial no procrearon hijos. Se declara extinguida la.....
Juez/Ponente:
Martin Enrique Bonilla Alvarado
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
N° Expediente :
KP02-F-2009-500
N° Sentencia :
608
Fecha: 10/06/2009
Procedimiento: Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes: HUMBERTO ENRIQUE PINTO Y ANA ROSA LOPEZ MUJICA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, CASADOS, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NOS. V-4.580.401 Y V-9.117.624, RESPECTIVAMENTE Y DE ESTE DOMICILIO, DEBIDAMENTE ASISTIDOS POR EL ABOGADO EN EJERCICIO ALFONZO MATA CARDENAS, INSCRITO EN EL INPREABOGADO Nº 114.394
Resumen:
UNICO: Por cuanto los cónyuges están contestes en afirmar que han permanecidos separados de hecho por más de cinco años y habiéndose cumplido con las formalidades establecidas por Ley, la misma debe ser declarada con lugar. Así se decide. En consecuencia, éste Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: HUMBERTO ENRIQUE PINTO y ANA ROSA LOPEZ MUJICA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de identidad Nos. V-4.580.401 y V-9.117.624, respectivamente y de este domicilio, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Palavecino del estado Lara, en fecha 25 de Febrero de 1998, anotado bajo el N° 9, Folio 7 del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por esa prefectura. Durante la unión matrimonial se procrearon tres hijos que tienen por nombres ANGEL ENRIQUE .....
Juez/Ponente:
Martin Enrique Bonilla Alvarado
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren