Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: Precalifica los hechos como Homicidio Intencional simple, tipificado en el artículo 405 del Código penal en concordancia con el artículo 217 de la LOPNA debida la edad de la victima . Se decreta de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal penal la aplicación del procedimiento ordinario, por faltar diligencias por ser realizadas como lo es la evacuación de testigos y demás pruebas técnicas , por existir la presencia de un hecho punible no prescrito que merece pena privativa de libertad , elementos de que el imputado es autor del hecho imputado como lo es acta policial , reconocimiento de cadáver , inspección al sitio del suceso, declaración de los testigos Moreno Dulce, Yoselin Barrios, Guerra Rosmary , Tahis Moreno, Pérez Albert, declaraciones éstas que vinculan directamente al imputado como el autor del disparo que hirió a la victima , y que posteriorm.....