Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento de la apelación interpuesto el 07 de julio de 2015 por el abogado AGUSTÍN IGLESIAS VILLAR, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada (recurrente), en el juicio de Resolución de Contrato que incoara el ciudadano JESUS ACEVEDO LÓPEZ contra la sociedad mercantil MARY-ALVAREZ C.A., quedando definitivamente firme el auto recurrido del 17 de junio de 2015 proferido por el Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas;
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada (recurrente), de conformidad con el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese,.....