DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la solicitud de Revisión de Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad incoada por el Defensa Pública Abg. Betzabe Colmenàrez y Acuerda su SUSTITUCION por otra meno gravosa, a favor del ciudadano Edwin Rafael Guèdez, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.593.186, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 8º del Código Penal vigente para la fecha de comisión de los hechos, a tenor de lo dispuesto en el artículo 256 ordinales 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, quedando el mismo obligado a pr.....