DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 ejusdem DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA EN CONTRA DEL IMPUTADO WILFREDO JOSE LOPEZ LOPEZNIO, Titular de la Cedula de Identidad Nº 9.571.425, contenida en el artículo 256 ordinales 3º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en la Presentación Cada treinta (30) Días ante la taquilla de presentaciones de este circuito y la Prohibición de Portar Armas de Fuego. Se acordó la continuación de la causa por Procedimiento Abreviado. Remitir a la unidad de documento a los fines que se distribuya a los jueces de Juicios Es todo. Regístrese, Publíquese, Cúmplase.
ABG. Oswaldo José González Araque.
JUEZ SEXTO EN F.....