DISPOSITIVA.
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE, el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por Abg. Joel Antonio Suárez, en su condición de Defensor Privado del ciudadano CARLOS ALFREDO ARROYO COLMENAREZ, en contra de la decisión dictada en Audiencia Celebrada en fecha 16-07-2012 y fundamentada en fecha 06-08-2012, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 10 de éste Circuito Judicial Penal, Extensión Carora, mediante el cual acordó mantener la medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad, consistente en presentaciones cada 8 días impuesta en su oportunidad, al ciudadano CARLOS ALFREDO ARROYO COLMENAREZ, titular de la Cédula de Identidad: 20.615.495.
SEGUNDO: Remítanse las presentes a.....