Por las razones antes expuestas, Este Juzgado Segundo de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencias y Medidas de este Circuito Judicial Penal del Estadio Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA LA PRORROGA POR NOVENTA (90) DIAS, realizada por la Fiscalia Primera del Ministerio Publico, de conformidad con lo establecido en el articulo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en la investigación signada con el Nº D21-6764-2009, seguida al ciudadano CABRERA BARRIOS MESLIER LUMEL, por el delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana Maria Elena Crespo Trejo, a los fines de de que concluya la investigación, y en consecuencia presentar el acto conclusivo a que haya lugar. Notifíquese a las partes. Llévese el respectivo registro a .....