DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; establece PRIMERO: Se declara CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de los ciudadanos JOSE LUIS EREU GONZALEZ, CEDULA DE IDENTIDAD Nº 118.105.482, YAYERLI COROMOTO QUINTERO MARTINEZ, CEDULA DE IDENTIDAD Nº 23.836.978, y JOSE HUMBERTO PEÑA GONZALEZ, CEDULA DE IDENTIDAD Nº 19.106.757, por los delitos de ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE PUBLICO previsto en el artículo 357 último aparte del Código Penal, ASOCIACION PARA DELINQUIR, artículo 37 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, para todos los imputados, y adicional para JOSE LUIS EREU, el delito de PORTE ILICITO DE ARMA artículo 277 del Código Penal, por encontrarse llenos los extremos del numeral 1º del artículo 44 de la Constitución y el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, apartándose es.....