Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, oidas la exposición de las partes y revisadas las actuaciones l ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY determina: Primero: una ves admitida la acusación y vista la admisión de los hechos conforme al articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal por parte de los ciudadanos: Pacheco Gladys Eden, natural de Escuque, Municipio Escuque estado Trujillo, nacida en fecha 10 de Abril de 1946, Titular de la Cedula de Identidad N° 3.270.660 , hija Cenair Pacheco y Ángel Pérez, residenciada en Sabana de Mendoza, Urbanización Valmore Rodríguez, Barrio"Hugo Chávez Frías" a dos cuadras del Mercado Municipal de Sabana de Mendoza, cerca de la Universidad Bolivariana, Parroquia Valmore Rodríguez, Municipio Miranda, estado Trujillo y Viloria Pacheco Jonathan, natura de Sabana de Mendoza, nacido en fecha 11 .....