Se dictó y publicó sentencia declarando la Confesión Ficta de la parte demandada y en consecuencia Con Lugar la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 881 ejusdem.- Se ordenó la notificación de las partes.- De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condenó en costas a la parte demandada perdidosa.-