Por los fundamentos anteriormente expuestos éste TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE JUICIO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Evidenciado el cumplimiento cabal y total de las condiciones que le fueron impuestas en su oportunidad y finalizado el Régimen de Prueba, oídas las partes de conformidad con el artículo 45 y 318 ordinal 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano Frank Enrique Salas Moreno, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.262.963, de 35 años de edad, nacido en fecha 09 de Abril de 1973, Soltero, natural de Valera, Estado Trujillo, de ocupación Estilista por su cuenta , hijo de Gladis Carmen Moreno y Pedro Salas, residenciado en Urbanización Morón Verde 26 sector 01, casa Nº 03 al Frente del Liceo Antonio Nicolás Briceño, Valera Estado Trujillo, por la comisión por el delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA FISICA, Y VIOL.....