´este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA, el referido documento, que riela al folio 05 del expediente, y por ende HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO en el juicio por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA intentado por la ciudadana MARTHA JANETH AYALA SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.426.490, de este domicilio, contra el ciudadano ALIX EDUARDO MOGOLLON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.178.379, de este domicilio, en los términos señalados por las partes en el documento suscrito, por no ser contraria a derecho o alguna disposición expresa de la ley y versa sobre derechos disponibles y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme lo establece los Artículos 263 y 444 del Código de Procedimiento Civ.....