UNICO: En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara consumada LA PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO formulada por el ciudadano JOSE GREGORIO COLINA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 18.104.351, domiciliado en el Municipio Crespo del Estado Lara, asistido por la Abogada ANDREINA FERNANDEZ BRICEÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 102.173.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los once (11) días del mes de mayo del año dos mil veintit.....